Estos elementos van configurando y estableciendo lo que much@s llamamos la cultura mirista, una forma histórica de hacer política, donde muchas somos las organizaciones que la reivindicamos con la responsabilidad que esto conlleva. Eso sí, caeríamos en un grado de soberbia política si pensáramos que solo esta cultura fuese la que retro alimenta a la izquierda de intención transformadora. La memoria popular está llena de culturas ideológicas y políticas, de diferentes colores, personajes y saberes. Durante la dictadura militar-empresarial, fueron muchas y muchos quienes dieron la cara a la hora de enfrentarse y provocar su caída. Aunque estuvo pactada, fue obra de las y los de abajo y es por esto que condenaremos siempre el oportunismo de los partidos que pactaron, esto es parte también de la memoria de l@s ausentes...
...Queremos vivir bien; eso es todo. La organización industrial capitalista no nos permite poder vivir bien, porque nos obliga a soportar un régimen de esclavitud, dé explotación y de opresión.
Al mantener el régimen del salario, nos mantiene esclavizados a ese régimen.
Nosotros sabemos que los pobres somos la mayoría del mundo, la mayoría de cada pueblo y sabemos que tenemos derecho a disponer, a ordenar, a organizar el mundo en cada pueblo, como sea nuestro deseo para vivir mejor la vida...
PROYECTO DE CONSTITUCION
De la República Federal Socialista de Chile
Bases fundamentales
1. Constituyen el estado chileno, las Asambleas industriales y 1as municipalidades que organiza esta ley, en los territorios municipales establecidos o que se establecieren dentro de los límites actuales de la República.
2. Todos los habitantes de la República, mayores de 18 años, de ambos sexos, nacionales y extranjeros, tienen derecho a formar parte de sus respectivas asambleas y a cooperar en la administración social de la República, dentro del radio que la ley le señale.
3. La suprema Soberanía del Estado reside en las Asambleas Industriales, municipalidades y Asamblea Nacional, en la forma que establece y determina esta Constitución.
4. Nadie puede ser privado del ejercicio de sus derechos, que son iguales para todos los habitantes, sino por las razones que establece esta ley.
5. Los acuerdos de la Asamblea Nacional ratificados por el voto general, son las leyes de la República.
6. Los acuerdos de las municipalidades, ratificados por el voto general son las leyes del respectivo territorio.
7. En la República Federal Socialista de Chile, sólo hay «propiedad social» administrada por la Asamblea Industrial, por la Municipalidad y por la Asamblea Nacional en las formas establecidas en esta Constitución.
8. No constituyen «propiedad social», los útiles y enseres de su uso privado de cada persona o familia.
9. Es propiedad social la tierra y sus productos, la manufactura, la habitación, medios de producción, elementos de servicios públicos, transportes y cuanto no sea de inmediata utilidad o uso individual.
10. Cada municipalidad llevará un inventario de toda la propiedad existente dentro de su territorio, detallando aparte lo que se clasifique como de servicio público...
No hay comentarios:
Publicar un comentario