martes, 20 de marzo de 2012

“PRIMERO COOPERATIVISTAS DESPUÉS COOPERATIVAS”

(Primero Cooperativistas... dijo José María Arizmendiarrieta)

Más aún, primero el hombre solidario, lo demás vendrá por añadidura.

De esto se trata cuando libremente optamos por asociarnos para enfrentar problemas en común, que de intentarlo individualmente no sería posible solucionar.

Las cooperativas son asociaciones en las que se reúnen quienes desean trabajar colectivamente en torno a un objeto previamente establecido y de acuerdo a obligaciones y derechos compartidos por igual.

La base de sustentación doctrinaria está en los Principios Universales de la Cooperación.

Estos son acordados por la entidad madre del cooperativismo en el mundo: Alianza Cooperativa Internacional, integrada a la Organización de las Naciones Unidas. Entidad que ha declarado a 2012 AÑO INTERNACIONAL DE LAS COOPERATIVAS.

Los integrantes de una empresa cooperativa son los asociados, quienes ejercen en calidad de dueños de la misma todos los atributos como un dueño de cualquier empresa, pero administrándola democráticamente.

Los problemas de la marcha de la cooperativa son resueltos en el ámbito asambleario.

Existen tres tipos de asambleas: Constitutiva, ordinarias y extraordinarias.

Jamás se debe resolver fuera de ese ámbito. Los dueños reunidos en ellas, opinan, votan, y establecen acerca de todo cuanto se realizará en el curso del tiempo. No con paros ni con manifestaciones fuera de la empresa.

En la cooperativa sólo perciben salario los empleados. Esto es así en cualquier tipo de cooperativa, excepto en las de trabajo, donde no existe régimen salarial alguno. Sus asociados (dueños) distribuyen equitativamente los excedentes del proceso operativo, y están facultados para capitalizar lo que consideren necesario.

Dada esta somera explicación avanzamos diciendo que el estado no crea cooperativas, aunque pueda formar parte como asociado, lo cual es muy común en las de servicios públicos (telefónicas, de provisión de agua potable, energía eléctrica, etc.). Las crean los que serán sus dueños.

En las de trabajo específicamente es así porque éstas se constituyen para que sus integrantes vivan de lo que en su funcionamiento se produzca.

No se puede reclamar en una cooperativa de trabajo salario alguno, porque no existe tal salario.

Las cooperativas no se forman con dinero sino con conciencia.

En todo caso se genera dinero que será después distribuido. Y como base de sustentación ideológica se debe tener en cuenta que no perciben fines de lucro, por tanto el dinero y el capital que se logre formar tendrán como fin el bienestar de sus integrantes.

Lo que hemos descripto está dentro de la Ley Nacional de Cooperativas (20.337). El apoyo, el estímulo y la protección a organizaciones de este carácter (economía social), están contemplados en la Constitución de nuestra Provincia. Si se hiciera como corresponde y fuese el cooperativismo una de las tantas políticas de estado, como se dice ahora, no se cometerían los errores que ponen en riesgos peligrosos a quienes se aventuran a formar una cooperativa sin saber de qué se trata y desprestigian a un movimiento de trayectoria positiva en la promoción económica y social de la humanidad.

Por lo cual no se debe distorsionar la finalidad perseguida por este Movimiento Universal, nacido en medio de la mal llamada Revolución Industrial. Nació para solucionar el problema de la desocupación generada por la insensibilidad de los empresarios industriales que reemplazaron al obrero por la máquina, lo que fue descuidado por el poder político, ya que esta “modernización” se realizó sin planificación social alguna.

Hoy, en NUESTRA ARGENTINA, debemos atacar el flagelo de la desocupación, impulsando medidas que faciliten la creación de fuentes de trabajo, entre las cuales una de ellas sería dar a las cooperativas un tratamiento de fomento adecuado, teniendo en cuenta que su proyecto es emancipar a sus integrantes mediante el esfuerzo colectivo racionalmente compartido. No fundando cooperativas mediante subsidios, sino mediante créditos blandos, dirigidos y controlados. Ayudando de igual modo a las cooperativas con dificultades, no transformándolas en SA, que es la forma emblemática de organización capitalista, lo que se ha hecho con argumentos absolutamente insubstanciales. ¿Es que se habrá creído que las “acciones” son más importantes que las personas?

Deben ser atendidos los reclamos de los manifestantes, y debe también encuadrarse legal y doctrinariamente su situación sin malograr el prestigio del cooperativismo, que por cierto, sin ser perfecto es una manera democrática, equitativa y solidaria de administrar la economía.

El cooperativismo genuinamente constituido es una forma adecuada para colaborar en la construcción de una sociedad sin exclusiones, pero sin privilegios, con justicia e igualitaria.


Pedro Aguer

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