viernes, 21 de junio de 2013

(R.O.del Uruguay) ENTREGA DE FIRMAS PARA PLEBISCITO SOBRE LA MEGAMINERÍA EN TACUAREMBÓ

En un acontecimiento cívico sin precedentes en la historia del Uruguay, el próximo 27 de junio, la comisión Tacuarembó por la Vida y el Agua hará entrega a la Junta Departamental de una propuesta, acompañada por más de 12.000 firmas de ciudadanos, para que se prohiba el desarrollo de la minería metalífera a cielo abierto en todo el departamento.

¿Por qué este acto constituye un hecho histórico? Porque es la primera vez que se hará uso en nuestro país de la "iniciativa popular" en materia de Gobierno Departamental. Este procedimiento se encuentra habilitado por el artículo 305 de la Constitución de la República y regulado por la ley 9.515 de 1935 sobre el gobierno y la administración de los municipios.

Para presentar la iniciativa, se precisa el apoyo del 15% de los votantes residentes en la localidad. La norma, junto con las firmas, es entregada a la Junta respectiva que, luego de hacer verificar las firmas, tiene 60 días para pronunciarse. Si la resolución es negativa, lo comunica al Intendente, quien debe convocar el referéndum departamental entre los 30 y 60 días siguientes.

Los plebiscitos locales tienen solo dos antecedentes. El plebiscito de Cerro Chato, el 3 de julio de 1927, en el que por primera vez en América del Sur voto la mujer, para decidir a qué municipio pertenecía el poblado. Y el "plebiscito del vintén", el 22 de julio de 1951, para derogar una suba del boleto de transporte colectivo decretada por la Intendencia de Montevideo.




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