domingo, 24 de agosto de 2008

Perú: DE LA SELVA SU LUCHA

Por GUSTAVO ESPINOZA M. (*)

Resulta mejor usar el pintoresco modo de cambiar el orden de las palabras -como ocurre en el hablar de nuestros compatriotas de la selva- para entender más la naturaleza del conflicto social que -en una primera etapa- acaba de concluir en la amazonía con una vigorosa victoria de la población y una contundente derrota del Presidente García.

Hay que eludir entonces el trato formal de encarar el tema (la lucha de la selva) y valerse de una estratagema lingüística como la que usamos para encabezar nuestra reflexión, poniendo en evidencia la naturaleza particular del conflicto iniciado el 9 de agosto pasado y que ha dado lugar a una inédita decisión parlamentaria: derogar las leyes 1015 y 1073, dictadas por el Ejecutivo en uso de las Facultades Delegadas que le confiriera el propio Poder Legislativo.

Estas disposiciones, fueron la columna vertebral de un conjunto de normas que aun mantienen vigencia, caracterizada por la población como la expresión de la “ley de la selva”, festiva modalidad de innegable doble sentido: regulaban la actividad en la amazonía, pero también creaban un clima generalizado de desgobierno y caos que afectaría severamente la vida de los pobladores.

La prensa “grande” suele aludir a los pobladores de la Amazonía, llamándolos despectivamente “nativos”.

Ignora sibilinamente por cierto, que nativo es el que nació en una determinada circunscripció n.

Nativos de la selva son aquellos que nacieron allí, pero también nativos -de Lima- son quienes vieron la luz en nuestra capital; y nativos de la costa son todos los que nacieron en esa extensa franja que se extiende entre los andes y el mar.

Los “nativos” de la selva, sin embargo, resultaron en la contienda concreta y en el fragor de la lucha, mucho más avispados y resueltos que los nativos de la costa, parapetados en la administració n del Poder, que -con las leyes y las armas en la mano- quisieron hacer de las suyas con las propiedades de las poblaciones, a las que despreciaron con un desparpajo que podría haber ganado una medalla de oro en Beijing 2008 si hubiese entrado en competencia.

En el fondo de la disposición cuestionada por los pobladores de la Amazonía, subyace el tema de la propiedad de las tierras de las Comunidades.

En un régimen organizado sobre la base del mercantilismo extremo, la tierra es también una mercancía. Y se puede traspasar, alquilar o vender como un automóvil, o una carreta.

Bastará, para ese efecto que los propietarios del bien se dispongan a hacerlo, y que encuentren al comprador dispuesto a pagar la suma planteada.
Ocurre, sin embargo, que las Comunidades de las tres regiones naturales de nuestro país, todas ellas afectadas por la medida, tienen un marco especial.

Existen desde antes del Imperio de los Incas, y sobrevivieron a dificultades y agresiones de todo orden, incluyendo los 300 años de dominio colonial.

A ellas, en su momento, se refirió José Carlos Mariátegui, en sus célebres 7 Ensayos, citando por lo demás un enjundioso estudio de César Ugarte en su “Bosquejo de la historia económica del Perú” , caracterizándolas como expresiones de “Propiedad colectiva de la tierra cultivable por el ayllu o conjunto de familias emparentadas, aunque dividida en lotes individuales; propiedad colectiva de las aguas, tierras de pasto y bosques, por las marcas o tribu, o sea la federación de ayllus establecidos alrededor de una misma aldea; cooperación común en el trabajo; apropiación individual de las cosechas y frutos”

Hasta el Virrey Toledo, en 1570, se vio forzado a admitir su existencia, aunque dispuso, a cambio, un proceso de “reducciones” es decir, de fusión y ubicación en términos más precisos, para su mejor gobierno.

El mercantilismo neo liberal es el que ha inducido por cierto al gobierno aprista de nuestro tiempo a plantearse curiosas formulaciones:

Si la Comunidad tiene agua, ¿por qué no la vende?; si tiene tierras ¿Por qué no las alquila?; ¿Por qué no arrienda, o subarrienda esas tierras a cualquier empresa multinacional, minera por ejemplo, que se muestre dispuesta a extraer del subsuelo oro, plata o petróleo?; ¿Por qué no acepta la “inversión extranjera” para instalar una tienda de Mc Donald u otra de Pizza Hut en las inmediaciones, o un almacén de Falabella o Ripley, por ejemplo?

Las Comunidades de todo el país han dicho que no.

Pero las de la selva han sido más expeditivas que otras y no se han limitado a decir que no.

Han luchado para concretar su exigencia, y han logrado dejar sin efecto las principales disposiciones que se referían al tema, contenidas en los decretos 1015 y 1073.

Hay que considerar, sin embargo, que esta importante y decisiva victoria -celebrada por todo lo alto en la extensa Amazonía peruana- no es completa. A más de los Decretos 1015 Y 1073, se dictaron otros: 994, 1020, 1064, 1081, 1090 y cinco proyectos de ley: 840, 1070, 1900. 1992 y 2133, todos los que -a decir de la especialista en la materia, la socióloga Lina Lema- vulneran la identidad de los pueblos indígenas, afectan la autonomía y la autodeterminació n, inciden en el uso de los recursos naturales y amenazan incluso la propiedad de los territorios comunales.

Demás esta decir que ninguna de estas iniciativas de orden legislativo fue consultada con los interesados, ni con los especialistas. Ni siquiera con los organismos especializados del Poder Legislativo, como podría haber sido la “Comisión de Asuntos Indígenas y Amazónicos”.

Si miramos el escenario nacional, descubrimos que el Perú tiene 9 millones de hombres y mujeres que pertenecen al universo afectado, que integran además 63 pueblos indígenas de la costa, sierra y de la amazonía; protegidos por mandato constitucional, pero además por convenios internacionales, como el 169 de la OIT, que protegen los derechos de los pueblos originarios.

La derogatoria de todas estas disposiciones y el retiro de todos los proyectos enunciados, forma parte de la plataforma de lucha de las poblaciones en lucha; pero aún esa demanda no ha sido atendida, por lo que el peligro subsiste.

Pero subsiste, además, porque el señor García -que ayer nomás se vio forzado a huir del acto al que había concurrido en la provincia norteña de Lambayeque con la misma celeridad con la que debió huir de Pisco hace algunos días- se resiste a promulgar la ley aprobada por el Congreso en una votación concluyente: 66 a favor y 29 en contra.

"...los asuntos que estamos presentando, nos dan en este momento la más grande de nuestras oportunidades para liberar a los Cinco. Este es un momento crítico y es muy importante que la red de apoyo esté al tanto e involucrados activamente en el caso." Leonard Weinglass, jefe del equipo de la defensa. www.amigosdecuba. com.ar/5patriota s (Argentina); www.thecuban5. org (Comité Internacional por la Libertad de los Cinco)

Diversos allegados a Palacio de Gobierno han subrayado el “derecho presidencial” a observar la Ley, y no promulgarla.

Eso, sin embargo, sería la expresión más clara de un descarado desafío al pueblo.

“De la selva su lucha” ha sido, entonces, un comienzo, pero en la perspectiva será necesario perfilar una aún más categórica y masiva respuesta ciudadana (fin)

(*) Del Colectivo de Dirección de Nuestra Bandera. www.nuestra- bandera.com

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