La última sacudida del Estado español al derecho de autodeterminación de los catalanes y las catalanas ha sido el recorte del Estatut; ese Estatut que en 2006 había sido aprobado por el parlamento y refrendado por el pueblo catalán. La sentencia, dictada por el Tribunal Constitucional (TC), considera que catorce artículos del texto estatutario son inconstitucionales, y veintisiete merecen una interpretación por parte del propio TC. También resulta relevante que en el preámbulo, que tiene por objetivo ayudar a interpretar la ley a la que acompaña, haya considerado que la parte donde se indica que “El Parlamento de Cataluña, recogiendo el sentimiento y la voluntad de la ciudadanía de Cataluña, ha definido a Cataluña como nación de una manera ampliamente mayoritaria” no tiene eficacia jurídica interpretativa. Otros artículos muy importantes, como aquellos relativos a que el catalán sea lengua de uso preferente o el tipo de ley que debe legislar sobre las competencias compartidas entre el Estado y la Generalitat, se consideran inconstitucionales. Por si aún quedan dudas sobre el carácter de la sentencia, la frase “La Constitución no conoce otra nación que la nación española” deja claro el posicionamiento del TC.
«La reconquista de un grado de autonomía creadora en un dominio particular reclama otras reconquistas en otros dominios" (FÉLIX GUATTARI, "Las tres ecologías")
lunes, 6 de septiembre de 2010
Països Catalans, nuevo escenario de lucha
En lucha
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