viernes, 8 de julio de 2011

Nota del lector Federico Mastaglia, candidato a concejal del FPV en María Grande

Solicito la publicación de la presente nota en respuesta a las falsas denuncias vertidas por Nanci Almada en su medio. Dispongo a Ud. la documentación respaldatoria y mi teléfono para contactarme (154163853). Desde ya, muchas gracias

Respuesta a las falsas acusaciones de una maestra de María Grande.


Como abogado de parte, me veo en la necesidad de responder a la denuncia presentada por la maestra Nanci Almada en los medios periodísticos de la zona y región, aduciendo a manejos políticos en donde no hubo, hablando de favores cuando éstos no existieron, e implicando de manera vaga, desconsiderada y de mala fe a dirigentes y personas que no tuvieron nada que ver en relación al caso en que ella se vio implicada.

Quien hoy se pretende victimizar, fue designada por una resolución del Consejo de Educación (N° 1636/10 CGE), dictada en contra de la normativa docente en la materia (Ley 9595, Estatuto Docente, Ley 9890, Resoluciones 862/90, 1972/90 y 1191/05 del CGE), dictada en contra de los dictámenes unánimes producidos por Jurado de Concurso del Consejo General de Educación y fue con ello, beneficiada en una situación irregular, ya que no se encontraba inscripta en el listado oficial de aspirantes para el cargo que detentaba, siendo éste un requisito indispensable para el nombramiento según art. 95 de la Resol. 862/90 CGE. La falta de inscripción fue un hecho informado por la Supervisora, Jurado de Concurso y reconocido incluso por Presidencia del CGE luego de haber dictado la resolución recurrida e impugnada.

En presentaciones administrativas cruzadas con otras colegas, la sra. Almada pretendía hacer valer un examen de oposición y antecedentes rendido para la especialidad de jornada completa, con el objeto en realidad de ocupar un cargo de vicedirectora en una escuela de jornada simple. En consideraciones que precisamente no se basaron en razones legales, educaciones, ni administrativas, Presidencia del CGE tomó el reclamo de Almada y produjo la Resolución 1636/10 CGE, contra toda la normativa señalada y sumando otra irregularidad más, ya que dicha desición no fue acompañada por la mayoría de la integración de Presidencia del CGE (siendo un cuerpo colegiado, donde hay representantes oficiales y gremiales), siendo firmada por la presidente Graciela Bar, más sólo una vocal oficial.

Se deben considerar los efectos generales que la Resol. 1636/10 CGE produjo, ya que la misma desequilibraba todo el sistema de ascensos y afectaba a todas aquellas docentes titulares en la provincia que no habían tenido acceso a un examen de oposición y antecedentes para jornada simple en más de diez años, habilitando a tomar cargos a otras colegas con mucho menor puntaje habiendo sólo rendido un examen para jornada completa. Dimensionemos el problema en una provincia donde la mayoría de la docencia desarrolla sus trabajos en escuelas primarias de jornada simple. Por lo que se evidencia a las claras la vulneración de la condición de igualdad en que se tiene que brindar el derecho al ascenso (art. 36 Constitución de Entre Ríos).

Es aquí que, con las irregularidades marcadas, tres docentes mariagrandenses afectadas en sus derechos, presentaron Recursos de Apelación Jerárquica contra la Resol. 1636/10. Quien suscribe patrocinó y llevó sus reclamos, porque los representantes gremiales locales no intervinieron, situación por la cual salió favorecida la Sra. Nancy Almada, que no por casualidad, es delegada gremial dentro del estableciendo en que trabaja.

La mencionada maestra, se encuentra “novena” en el orden de mérito según puntaje, siendo éste también, un parámetro para medir la formación y desarrollo en sus tareas como trabajador de la educación, estableciendo también una medida en la superación técnica y profesional requerida en el art. 24 del Estatuto Docente, garantía de la formación y perfeccionamiento continuo.

Para quienes no saben, los recursos son la herramienta necesaria para agotar la vía administrativa antes de instar una demanda judicial contra el Estado. Y a través de estos recursos, el reclamo pasó por el examen de la Dirección de Asuntos Legales del Consejo de Educación, la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno Justicia y Educación (siendo el Ministerio, el superior jerárquico del CGE, a pesar de su autonomía reconocida constitucionalmente) y Fiscalía de Estado. Los dictámenes producidos por estos dos últimos organismos fueron contundentes en favor de la posición de mis representadas haciendo lugar al reclamo, aconsejando la revocación de la resolución recurrida.

A lo que debe sumarse, que Jurado de Concurso del CGE, órgano especializado para expedirse en materia de ascensos y concursos (art. 2 Ley 9595), intervino cinco veces en el trámite y en todas ellas se refirió de manera favorable a los posicionamientos de mis representadas. Siendo firmados los dictámenes de manera unánime por sus integrantes, sin diferencias entre los vocales oficiales y gremiales.

El reclamo administrativo concluyó, como todo instado a través de Recursos de Apelación Jerárquica, con el dictado de un decreto (N° 1696/11 MGJyE), en este caso, en favor de mis representadas, haciendo lugar a la revocación en sede administrativa de la Resolución 1636/10 CGE, beneficiando incluso a centenares de docentes entrerrianas que habían sido perjudicadas sin saberlo.

Vale aclarar, que antes de transcurrido el plazo del año de vigencia de la Resol. 1636/10 CGE y en precaución para que no caduque la acción contenciosa, mis representadas presentaron demanda contra el Consejo de Educación y Estado Provincial. La misma se encuentra tramitada en la Sala Contencioso Administrativa del Superior Tribunal de Justicia.

Explicado en general el caso llevado hace más de un año, se hace manifiesta la necesidad de responder a la nota divulgada por Almada, siendo aquella; primero, una maliciosa denuncia que resta méritos a mi desempeño y labor como abogado; segundo porque se esgrimen argumentos que son falsos e infundados y tercero, porque intenta establecer una relación espuria entre el resultado del reclamo y cuestiones políticas.

Para finalizar, me gustaría dirigirme a los medios y periodistas que han sido herramienta para la divulgación de la referida nota, siendo intermediarios para las difamaciones vertidas: En una tarea profesional se hace sumamente necesario acreditar la veracidad y entidad de los dichos e información señalada, porque de ninguna manera pueden ser vehículo para deshonrar y desacreditar gratuitamente las trayectorias y carreras, en este caso de trabajadores docentes. Por ello mismo pongo a disposición y adjunto a la presente, la documentación respaldatoria a mis dichos.


José Federico Mastaglia

ABOGADO

Mat. Prov. Nº 7501

Mat. Federal Tº81 Fº979




¿Capacitación o transacción política en la Educación?
Urribarri deja sin efecto resolución del CGE y ordena cargo a docente más antigua sin capacitación

[07/07/2011 Nanci Almada es docente, y por el aire de los micrófonos de Radio La Voz comentó una situación en la cual fue perjudicada por un decreto de gobernación: “concursé para cubrir suplencia, la gané, me ofrecieron el cargo y lo tomo; luego el Consejo General de Educación resolvió que me corresponde a mi el cargo y el obernador por Decreto deja sin efecto esas resoluciones, que debo dejar el cargo para ser cubierto por alguien con más antigüedad sin tener en cuenta la capacitación docente”, comentó.

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Opinión

¿Apoyar al Frente para la Victoria, siempre?

por Diego FainsteinJueves, 07 de Julio de 2011 15:08
¿Apoyar al Frente para la Victoria, siempre?
Desde la bajada de los cuadros hasta la formación de las listas para las próximas elecciones, pasando, obviamente, por el modelo y el “proyecto” aplicado. Un balance del kirchnerismo con la lupa bien calibrada. Punto por punto, 10 claves para entender este tiempo.
"Los (hombres honrados) que, sin estar de acuerdo con la naturaleza y las medidas de un gobierno, le entregan su lealtad y su apoyo son, sin duda, sus seguidores más conscientes y por tanto suelen ser el mayor obstáculo para su reforma" Henry David Thoreau.


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