En el caso de AGMER, luego de verificados los alegatos de la organización querelllante y la respuesta del gobierno, el comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo dio a conocer las siguientes conclusiones:
249. "El Comité observa que en el presente caso la organización querellante alega la falta de buena fe de parte del gobierno de la provincia de Entre Ríos y del Consejo General de Educación en las negociaciones paritarias del sector de la educación (propuestas de supuestas mejoras fuera del ámbito de competencia provincial, ausencia de propuestas reales de aumento salarial o propuestas ilegales de pagos y negativas a atender reivindicaciones sobre condiciones de trabajo) y objeta la decisión de las autoridades de la provincia de descontar los salarios de los días de huelga legal realizada en el sector.
2008. La organización querellante alega también que se sancionó a los directivos docentes que no comunicaron la nómina de los docentes que se adhirieron a la huelga y que se inició una denuncia penal por desobediencia judicial de la orden de conciliación obligatoria a dirigentes sindicales mencionados por sus nombres en la queja. 250. En lo que respecta a la alegada falta de buena fe de parte de las autoridades provinciales en las negociaciones paritarias, el Comité toma nota de que el gobierno de la provincia de Entre Ríos indica que la organización querellante ha venido rehusando la conciliación sobre las materias de negociación, así como que las autoridades no han impuesto sanciones, y en particular destaca que: 1) durante las medidas de acción directa realizadas en 2005 se dictó la conciliación obligatoria que el sindicato no acató y no se impusieron sanciones; 2) en el marco del conflicto en 2008, la Dirección Provincial del Trabajo citó a las partes a una audiencia pero la organización querellante no acató la citación y aunque la autoridad judicial dictó la conciliación obligatoria, la AGMER no compareció; 3) no se impusieron tampoco sanciones a la organización querellante; 4) en el año 2010, en el marco de un nuevo conflicto, la AGMER nuevamente no acató el llamado a conciliación obligatoria que se realizó a través de la justicia, y 5) la AGMER ha rechazado pública y ostensiblemente la vía conciliatoria y no ha asistido a las audiencias en sede administrativa o judicial.
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